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Ubicación: Fuengirola, Málaga, España

CERTIFICADO ENERGETICO

CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

¿Cuál es el objeto del nuevo certificado de eficiencia energética?

El nuevo decreto 235/2013, establece la necesidad de poner a disposición de futuros comparadores, o inquilinos un certificado de eficiencia energética del inmueble, el cual proporcionará información objetiva sobre sus características energéticas. Dicho certificado permitirá comparar las propiedades desde el punto de vista energético, antes de su posterior compra o alquiler

¿Bajo qué circunstancias es obligatorio el certificado?

El certificado es obligatorio para  todos aquellos propietarios de edificios existentes (viviendas, locales comerciales, etc.) que tengan intención de venderlos o alquilarlos. El certificado debe estar incluido en la información que el vendedor o intermediario proporcione al comprador o inquilino con anterioridad a la ejecución de la transacción.

¿De quién es responsabilidad proporcionarlo?

EL propietario del edificio es el responsable de proporcionar el certificado de eficiencia energética, debiendo mostrarse la etiqueta energética (resumen del certificado) como parte del anuncio de venta o alquiler del inmueble. Además de ello:
§  En caso de venta, le será exigida una copia original en la notaría donde se produzca la firma
§  En caso de alquiler, una copia del certificado debe acompañar la documentación y figurar en los anuncios que se publiquen
El certificado energético y su correspondiente etiqueta, tienen una validez de 10 años, durante los cuales deberá conservarlo como parte de la documentación del edificio, siendo su responsabilidad revalidarlo, junto con su etiqueta transcurrido dicho periodo.

¿Qué ocurre si vendo o alquilo el inmueble sin contar con el certificado?

Si no se proporciona el certificado y la etiqueta energética antes de alquilar o vender, o si delega su obtención a los futuros compradores o inquilinos, el propietario original podría sufrir las siguientes consecuencias:
§  Sanciones y multas por parte de los organismos autonómicos por violación de los derechos de los consumidores
§  El contrato de venta o alquiler, puede declararse nulo por ocultación de información trascendente al consumidor antes de la transacción
§  El comprador o inquilino, podrá exigir compensaciones por daños causados por la falta de información e incumplimiento de la obligación de información al consumidor previa a la firma de los contratos.
La administración autonómica, llevará a cabo chequeos e inspecciones periódicas con el fin de asegurarse de que los propietarios dan cumplimiento a sus obligaciones en el cumplimiento del nuevo decreto, con objeto de la detección de fraudes o falta de representación.

¿Cómo lo obtengo, y de quién?


El certificado de eficiencia energética debe ser emitido por profesionales colegiados, autorizados para desarrollar proyectos de edificios e instalaciones térmicas (arquitectos e ingenieros). Será necesaria una visita al inmueble (15-20min) para toma de datos, medidas, y demás información necesaria para su correcta elaboración. El plazo de entrega no suele superar las 48 horas

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